PENSIONES



La polémica envuelve ahora las pensiones; en épocas de bonanza económica, cuando todo va bien, no hay problema. En época de crisis, como ahora, cuando las arcas del Estado se están quedando vacías a marcha rápida y hay que reducir gastos donde sea, lo fácil es echar mano a lo más abundante y lo más abundante en cualquier país son los trabajadores y los pensionistas.
Como alguien dijo en una ocasión por la radio que, debido a la esperanza de vida que actualmente tenemos, que es más alta, no se pueden dar “suculentas pensiones” durante tantos años, y yo entiendo que no se refiere a la pensión de mi padre, que son quinientos y pocos euros al mes, y a las de muchos otros, que no llegan a esa cantidad, me imagino que debe hacer cierta élite que cobra unas pensiones bastante elevadas: los políticos, por ejemplo.
Ya hemos hablado de que su sueldo debería ser reducido por lo menos a la mitad; pero, ¿y las pensiones que les quedan cuando se jubilan? ¿Se refería este hombre, con lo de suculentas, a las pensiones de los políticos? Es más, con los sueldos que ganan los políticos, ¿necesitan realmente una pensión a su jubilación? ¿No van a invertir para multiplicar su dinero y contratar planes de pensiones privados que les garanticen su futuro?
Dicen que deberíamos copiar el modelo sueco, donde la pensión recibida no depende del porcentaje de población activa que haya en el país, sino de lo que cada trabajador, individualmente haya aportado a lo largo de su vida laboral.
La verdad, así creía yo que era el sistema; tendré que estudiarlo un poco, a ver como se calcula la pensión y en que consiste la reforma, pero, antes de elevar dos años la jubilación, recorten las pensiones “suculentas” que disfrutan algunos.

4 COMENTARIOS:

angónimo dijo...

Antonio, eres una caja de sorpresas, hoy he vuelto por tu blog y me encuentro con esta línea con un comentario sobre pensiones.
Hay mucho que hablar sobre esto. Lo que pasa es que de tanto querer todos los medios meterse en el tema al final queda solo la música y poco de la letra.
Yo, como sabes estoy jubilado después de un tiempo acogido al expediente de regulación de empleo, y de estos y de pensiones hablamos todas las semanas en una asociación que mantenemos.
El sistema de pensiones en España, está regulado desde 1967, cuando se crea el regimén general y se tratan de eliminar las mutuas más o menos gremiales, quedando fuera algunos colegios profesinales.
Los politicas en el parlamento son los que establecen las reglas de juego, aunque la caja se nutre con las aportaciones de empleadores y trabajadores pero con la particularidad de que al ser un sistema de reparto, pagan los activos y cobran los pasivos, pero no el dinero que ellos aportaron sino el se tiene que aportar en el momento.
Los politicos tienen por tanto la llave de como se reparte lo recaudado y aqui como siempre si el que hace las partes, además reparte, está claro se queda con la mejor parte.
Por no hablar de compatibilidades de prestaciones. Expresidentes con indemnizacines del Estado cobrando sueldos astronómicos en empresas privadas o públicas, cuando hay montones de viudas que no pueden casarse por peder la pensión que les quedó por la cotizaciones de su marido.
Si te interesa el tema podemos hablar largo y tendido
Un saludo desde Tomares

angónimo dijo...

La prestación por jubilación se determina o calcula en función de la BASE REGULADORA, que es la media de la base de cotizacion de los últimos quince años de la vida laboral. Se hace un sumatorio con todas las bases, los dos ultimos años por su valor nominal y los anteriores corregidos por indice que tiene en cuenta la inflación para actualizar valores. Para obtener el cien por cien de la pensión es necesario tener cotisados 35 años y haber cumplido los 65--hasta ahora y tanto no entre en vigor la nueva ley--en caso contrario se reduce un porcentaje por cada año que falte en la cotición o en la edad para aquellos que puedan acogerse a una jubilación anticipada, que es mi caso.
Si nos olbidamos de la inflación y queremos hacer un cálculo aproximado de la pensión, siempre dentro del regimen general y si se cumplen los requisitos de edad y cotización se multiplica por 12 y se divide por 14 la base de cotización que por ley debe aparecer en el recibo de salario o en su defecto en la información que la Seguridad Social manda cada año, sobre la vida laboral.
El ministerio de Trabajo edita cada año la "GUIA LABORAL 20.. Y DE ASUNTOS SOCIALES" muy util para comprender y saber más que la mayoría de los que acuden a las tertulias de los distintos medios.
Espero que el comentario sirva y dispuesto a ampliarlo si alguien lo solicita.
Antonio encantado de compartir tu blog.

angónimo dijo...

El otro día pense que habia perdido el comentario y hoy lo encotre, espero que he hecho hoy sigua el mismo camino porque no encuentro la confirmación de su entrada.

ANTONIO MORENO dijo...

Angel, muchas gracias por tus comentarios que amplian información y además muy concreta.
Los comentarios no aparecen de forma inmediata porque tengo habilitada la moderación para comentarios en entradas de más de seis dias, para que se me notifique y así poder verlos.
Un saludo,

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